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Obligación fiscal de estados financieros auditados
Conforme al artÃculo 72 del Decreto No. 26-92 reformado por el Decreto No. 14-2009, a partir del año 2010, los Estados Financieros que sirven de base para preparar la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre la Renta deben estar Auditados. Esta obligación fiscal es aplicable para  los Contribuyentes (empresas individuales, sociedades mercantiles, cooperativas, etc.) que han sido calificados por la SAT como Contribuyentes Especiales; asà como todas las empresas calificadas al Decreto No. 29-89, Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de  Maquila, y las calificadas al Decreto No. 65-89, Ley de Zonas Francas. Leer nota completa...
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Resolucion de la CC sobre Estados Financieros Auditados
El 15 de diciembre de 2010 se publició en el Diario de Centro América la sentencia de la Corte de Constitucionalidad sobre Estados Financieros Auditados. Adjunto nuestro memorandum fiscal sobre el tema.
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Medios para presentar la planilla del IVA
El 3 de diciembre de 2010 la SAT publicó en el Diario Oficial el Acuerdo del Directorio Número 840-2010 respecto a los medios obligatorios para presentar la planilla del IVA, estableciendo que cuando el crédito del Impuesto al Valor Agregado reportado sea igual o mayor a CINCO MIL QUETZALES( Q5,000.00), los contribuyentes deberán presentar la Planilla por medio del portal electrónico de la SAT www.sat.gob.gt. Leer más...
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Planilla para el crédito a cuenta del ISR
El próximo 14 de enero de 2011 vence el plazo para la presentación de la “Planilla para el crédito a cuenta del ISR†correspondiente al año 2010. Por lo que es recomendable iniciar el proceso de su preparación; al respecto la Gerencia de Contribuyentes Especiales Medianos de la SAT, ha enviado una circular a algunos contribuyentes con información especÃfica relacionada con la preparación de esta planilla y por ser de interés general, reproducimos su contenido a continuación: leer más...
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La Factura Electrónica
Actualmente el uso de la FACTURA ELECTRONICA es opcional y está regulada por el “Acuerdo del Directorio Número 024-2007†que se titula “Régimen optativo Factura Electrónica –FACE- para la autorización, emisión, transmisión, conservación, almacenamiento y control de Facturas y Notas de Crédito y Débito por medios electrónicos y el resguardo electrónico de copias de facturas, notas de crédito y débito emitidas en papel.â€Â Este Acuerdo fue publicado en el diario oficial el 3 de septiembre de 2007. Ver más...